La inseguridad jurídica y la desconfianza legítima

15/07/2020
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Por: Anhy Durley González Durán

Serie "Historias Contadas"

Como una afortunada colombiana con empleo, durante la vida productiva me dediqué a servirle al país a través de diferentes vínculos con entidades del Estado, el mejor empleador, garante del artículo 25 de la Constitución Política.

Comprendiendo, que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, cumplí mis labores con mucha responsabilidad como Jefe de Área, cuyo salario me permitía llevar una vida digna.

Llegado el momento del merecido descanso, luego de reunidas las semanas y la edad empecé a reunir la documentación para gestionar mi derecho pensional; pero tremenda sorpresa, descubrí que había sido engañada por un fondo privado de pensión, pues la mísera mesada ofrecida por el fondo Porvenir, no estaba acorde con el Ingreso Base de Liquidación forjado con el sudor, puntualidad, disciplina, responsabilidad y mucho sacrificio.

Por tal razón, ante la gran estafa de la que había sido víctima; de inmediato instauré una Acción de Tutela con el fin de que me fueran protegidos mis derechos fundamentales a la Seguridad Social, a la Vida Digna, al Mínimo Vital y Móvil, entre otros; el daño se demostró y el actuar doloso del fondo bastó para que el operador jurídico requiriera a Porvenir y a Colpensiones, para que analizaran conjuntamente mi caso y decidieran si pertenecía al régimen público, por encontrarme inscrita en Carrera Administrativa; para lo cual Colpensiones solicitó todos los documentos y soportes, que demostraran tal condición.

Porvenir a su vez envío comunicación donde informaba, que mediante comité, donde participaron funcionarios de Colpensiones y del mismo Porvenir, se reconoció, que era beneficiaria del régimen de prima media.

La vida me volvió a sonreír, ese era el Estado Social y Democrático de Derecho; a eso se le llama Confianza Legítima, cuando las autoridades hacen respetar los derechos de los ciudadanos y cuando se cumple lo consagrado en la Constitución Política.

En el mes de agosto de 2016, Colpensiones emitió la resolución de reconocimiento de la Pensión de Vejez, liquidada acorde con el ingreso base de liquidación  justo, que me permitiría tener una vida digna, quedando sujeto el derecho al retiro del servicio público para el correspondiente ingreso a nómina de pensionados.

Aunque todo desprendimiento es un duelo, la decisión difícil fue tomada, renuncié al empleo público.

Luego de radicado en Colpensiones el acto administrativo del Ministerio donde trabajaba, sobre el retiro definitivo del servicio, la administradora pública debía emitir un nuevo acto administrativo de ingreso a nómina y liquidación de la mesada definitiva.

Retirada del servicio, esperé la resolución y por fin llegó, pero no era la tan anhelada decisión; Colpensiones decidió negar mi pensión arguyendo, que iban a someter mi caso a una investigación “antifraude”, la cual duró 6 meses y el sorprendente resultado fue, que el comité donde se tomó la decisión inicial “no era el competente”

Ante un incidente de desacato, amenazaron con demandar al operador jurídico, que había resuelto a mi favor la Acción de Tutela.

Acudí nuevamente a la Acción de Tutela, cuyas decisiones nunca fueron acatadas por Colpensiones, en total inseguridad jurídica e implementando la desconfianza legítima, ajenas las administradoras al ordenamiento jurídico.

Desesperada, acorralada y sin salario ni pensión, me endeudé para cubrir los honorarios de un profesional del derecho, iniciando la lenta demanda de nulidad de la afiliación a Porvenir, quien dicho sea y como es de público conocimiento, su sistemático y generalizado modus operandi, de engaño y usurpación del sagrado derecho a la pensión, está en la total impunidad.

Mis verdugos, Porvenir por arrebatarme mi irrenunciable derecho a una pensión digna, que cubriera mi mínimo vital; Colpensiones, autoridad de orden público en quien deposité la confianza legítima y en su lugar, haber revocado arbitrariamente un acto que se encontraba en firme y en lugar de demandar su propio acto, tal como lo demanda la Ley 797 de 2003, la Ley 1437 de 2011; en total prevaricato emitió un acto administrativo contrario a derecho.

Actuaciones injustas, atípicas, contrarias a derecho; que me han llevado a una situación difícil, afectando mi salud y viviendo de la solidaridad de mi familia, en lugar de disfrutar de la pensión por la que trabajé y coticé honradamente, para que ahora me la arrebate la vil ambición de un fondo privado, coadyuvado ahora por el funcionario público puesto en Colpensiones, para acabar con el régimen de los colombianos.[1]

Hago énfasis en que quien causó el mayor daño fue Colpensiones, que contrario a derecho revocó sin mi consentimiento una resolución en firme, de reconocimiento de la pensión; además, nunca me informó de que esta estaba suspendida la prestación y me perjudicó, llevándome a renunciar del trabajo con el Estado; mi confianza legítima en la administradora pública de pensiones, que da la espalda al Estado Social de Derecho; ahora desprotegida del servicio de salud y sin ingreso alguno. ¡No es justo! ¡No más fondos privados!


[1] https://www.las2orillas.co/sesenta-millones-de-pesos-mesuales-le-pagamos-por-acabar-con-lo-nuestro/

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